jueves, 21 de junio de 2007

Estatuto Provisorio

Esto es lo que fue decidido por la comisión de Formación del Estatuto. Hay temas que aún han quedado inconclusos. En la ASAMBLEA del viernes 04/07/2007 se discutirá lo propuesto por la comisión mencionada y se votara para empezar a construir el Estatuto. Así que el que tenga propuestas, acérquese a la Asamblea para poder discutirlas.

El Centro de Estudiantes del Departamento de Artes Dramáticas del IUNA se constituye como una organización independiente, modificable y democrática, reflejo de la voluntad de los estudiantes.

Título 1: Sobre la denominación del Centro de Estudiantes y sus miembros.

I. Queda constituida esta organización que se denominará Centro de Estudiantes de Artes Dramáticas del I.U.N.A. (C.E.A.D.I.).

II. Podrá acceder al C.E.A.D.I. todo estudiante del I.U.N.A., regular o no, que utilice las instalaciones académicas del departamento de Artes Dramáticas, así como, también, los aspirantes a las carreras que se dictan n dicho departamento.

Título 2: Sobre la organización y el funcionamiento del Centro de Estudiantes.

I. El C.E.A.D.I. estará conformado por un Presidente, un Secretario General y por cada secretaría una coordinadora\o. En caso de que una decisión tomada por alguna secretaría no sea evaluada por el Presidente o Secretario General, la toma de dicha decisión se relevará a una reunión de delegados y\o asamblea (Secretaría de finanzas ver Título 3, punto VI)

II. El organismo contará con cinco secretarías que podrán modificarse, disminuirse o ampliarse en base a las necesidades que surjan en el ejercicio del presente estatuto. Estas son: Secretaría de Cultura, Secretaría de Producción, Secretaría de Finanzas, Secretaría de Protección y Defensa del Estudiante y Secretaría de Prensa y Difusión.

Título 3: Sobre las funciones de las secretarías.

I. Serán funciones comunes a todas las secretarías:

· Rendir cuenta del trabajo realizado, cada veinticinco días, al menos, al Secretario General, al Presidente del C.E.A.D.I. y al coordinador de cada secretaría.

· Trabajar conjuntamente con las demás secretarías.

· Generar proyectos afines a sus competencias.

· Gestionar y coordinar sus propias comisiones (incluyendo en las mismas a todo el estudiantado que desee participar).

II. Serán funciones propias de la Secretaria de Cultura y sus comisiones:

· Fomentar y gestionar actividad culturales dentro y fuera del Departamento de Artes Dramáticas.

· Promover la creación de comisiones que trabajen sobre los diferentes aspectos de los derechos humanos y se encarguen de cuestiones organizativas, en cuestión de movilización.

III. Serán funciones de la Secretaría de Producción:

Prever todo lo necesario para el buen funcionamiento de los proyectos y promover la creación de diversos tipos de recursos para financiarlos.

IV. Serán Funciones de la Secretaría de Finanzas:

Como excepción al resto, la secretaría de finanzas estará conformada por un secretario de cada secretaría por lista, para que, así, existan propuestas presupuestarias articuladas por todos aquellos que alcanzaron, al menos, una secretaría.

· Administrar los recursos del C.E.A.D.I.

· Atesorar los recursos del C.E.A.D.I.

· Evaluar la viabilidad de los proyectos presentados en lo que hace a su área.

V. Serán funciones de la Secretaría de Protección y Defensa del Estudiante:

· Atender a los reclamos presentados por el estudiantado, en materia de problemas administrativos o burocráticos del Departamento.

· Gestionar acciones en busca de soluciones a las necesidades concretas del estudiantado.

Impulsar el reclamo de aquellas problemáticas estudiantiles propias del Departamento de Artes Dramáticas, que sean desatendidas por las autoridades del mismo, como así las de toda la comunidad estudiantil.

VI. Serán funciones de la Secretaría de Prensa y Difusión:

· Comunicar al estudiantado a cerca de todas las actividades o asambleas que se llevarán a cabo en el Departamento y de sus respectivas resoluciones.

· Difundir entre el estudiantado las actividades gremiales extra-departamentales.

Difundir dentro y fuera del Departamento, las actividades culturales o gremiales que se desarrollan en el mismo.

Título 4: Sobre los derechos y obligaciones de quienes ocupan cargos en el C.E.A.D.I.

I. Serán obligaciones del Presidente del C.E.A.D.I.:

· Representar al estudiantado ante la comunidad.

· Ser consecuente con las decisiones tomadas por el estudiantado, a través del cuerpo de delegados y de las asambleas.

· Mantenerse al tanto del trabajo del Secretaria General y las diferentes secretarías que componen el organismo.

· Presenciar él mismo o, en su defecto, el Secretario General los Consejos Departamentales, para comunicar a cerca del trabajo que desempeñan los consejeros estudiantiles y acercar a los mismos las decisiones tomadas por el C.E.A.D.I.

II. Serán obligaciones del Secretario General:

· Recopilar la información a cerca de las actividades desarrolladas por las secretarías y comunicarlo al cuerpo de delegados (quienes se encargarán de transmitirlo al estudiantado).

· Ejercer el rol de Secretario General de Actas en las reuniones de delegados y en las asambleas.

· Articular las relaciones entre el cuerpo de delegados, las secretarías y la presidencia.

III. Serán obligaciones de los Secretarios:

· Llamar a la creación de comisiones para llevar acabo las funciones de su secretaría.

· Coordinar estas comisiones o delegar esta función a quien haya sido votado por mayoría dentro de la misma.

· Elevar informes de los proyectos elaborados por las comisiones al Secretario General, para, luego, ser votadas por el cuerpo de delegados.

Título 5: Sobre los derechos y obligaciones de quienes ocupen cargos en el C.E.A.D.I.:

· Todo estudiante que conforme parte del C.E.A.D.I. tendrá la obligación de denunciar las irregularidades que produjeran los funcionarios, que deberán ser discutidas en las reuniones de delegados o, en caso de que dichas irregularidades sean de dificultosa solución, en las asambleas convocadas, donde se decidirá las medidas a tomar.

Título 6: Sobre las elecciones:

I. Todos los estudiantes correspondientes al Departamento DE Artes Dramáticas que hayan cursado al menos una materia durante el ciclo lectivo correspondiente a las elecciones, podrán postularse para ocupar cargos en el C.E.A.D.I.

II. Todos los estudiantes correspondientes al Departamento de Artes Dramáticas (con un plazo máximo de un año de cese de cursada) tienen derecho a votar en las elecciones del C.E.A.D.I.

III. Las listas que se presenten a elecciones deberán realizar, separadamente, la presentación de sus candidatos para Presidente y Secretario General, por un lado y la de Secretarios por el otro, permitiendo así el corte de boleta.

IV. Serán designados Presidente y Secretario General del Centro de Estudiantes del Departamento de Artes Dramáticas del I.U.N.A, aquellos que obtengan la mayor cantidad de votos en las elecciones para estos cargos.

V. Las bancas a Secretarios serán repartidas por la mayoría y la minoría, siguiendo el porcentaje de votos, otorgando la posibilidad a aquellos que obtuvieron la mayor cantidad de votos de elegir cuales secretarías desean ocupar y el resto de los elegidos se ubicarán el las secretarías restantes:

70% \ 90%.....corresponden tres secretarías

40% \ 69%.....corresponden dos secretarías

39% \ 10%.....corresponde una secretaría

9% \ 5%.......derecho a un secretario\a en la secretaría de finanzas. En caso de quedar libre un cargo de secretario\a, éste tendrá acceso al mismo.



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